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BOLETÍN INFORMATIVO. EN SOBRADO JUÁREZ & STAMATIADES APOSTAMOS POR EL ARBITRAJE
Publicado: 13 de AGO 2021 en Política Local y Comunidad
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El conflicto es inevitable a la condición del ser humano. De hecho, el conflicto persiste en diversos factores que motivan la forma en que la sociedad evoluciona y se desarrolla, y esta circunstancia se debe a que la relación humana es propensa a la manifestación de intereses y conductas contradictorias en la interacción social. Inclusive, por tradición el conflicto suele considerarse infortunado, un sinónimo de violencia generalizada o simplemente una situación indeseada para las personas que se ven implicadas en él. Estas apreciaciones permiten ver el conflicto como algo negativo; sin embargo, cabe destacar que, es precisamente a partir de él que se generan oportunidades muy importantes para manejar procesos de aprendizaje, en las que los implicados en el mismo interactúan y promueven espacios para plantear alternativas y posibles soluciones a la controversia que permitan satisfacer las necesidades e intereses que presenta cada una de las partes.
Por lo anterior, la solución al conflicto se ha considerado indispensable toda vez que constituye una posibilidad de desarrollo e introduce un proceso continuo de reconstrucción del tejido social, más aún si se tiene en cuenta que el conflicto está presente en todos los ámbitos de la vida cotidiana. Si bien el Estado ha creado tribunales para la resolución de conflictos mediante un proceso judicial, en la realidad, el acceso a la justicia que ofrecen dichos órganos jurisdiccionales adolece en ocasiones de insuficiencias, debido a la sobrepasada carga laboral con relación con la capacidad de personal con la que cuenta el Poder Judicial, en sus distintas competencias.
Así, el propio Estado ha reconocido la necesidad de promover formas alternas de solución de conflictos que la Vía de Justicia Formal Tradicional, por lo que, desde la última década del siglo pasado han venido ganando importancia los procedimientos denominados “mecanismos alternos de solución de conflictos”. Estos mecanismos comprenden diversos procedimientos que pueden resolver sus controversias sin necesidad de una intervención jurisdiccional, razón por la cual, constituyen una garantía de la población para el acceso a una justicia pronta y expedita, reconocida inclusive a nivel constitucional como un derecho humano.
Los más destacados procedimientos son: la negociación, la mediación, la conciliación, y el arbitraje; enfocándonos en este último para su mejor comprensión.
¿Qué es el arbitraje?
Ventajas del arbitraje
Flexibilidad del procedimiento:
El procedimiento dentro del arbitraje es conducido por la autonomía de las partes, lo cual implica que las decisiones respecto del cómo se debe conducir la solución del conflicto, son acordadas por las mismas partes de la controversia en cuestión. La primera decisión, por supuesto, es optar o no por el arbitraje; las partes pueden entonces decidir a qué tipo de arbitraje (de estricto derecho o amigable composición) quieren sujetarse, escoger la sede, el idioma, la ley o los procedimientos aplicables, el número de árbitros y la forma de seleccionarlos, entre otros aspectos fundamentales que dirijan la solución del conflicto. Así, cuando los procedimientos adecuados son establecidos, el arbitraje puede ser más rápido y menos costoso para las partes que el litigio a través de la justicia formal.
Neutralidad:
El arbitraje es neutral, en el sentido que no debe existir necesariamente un vínculo entre el lugar de incorporación o de residencia de cualquiera de las partes y el lugar del arbitraje. Bajo este orden de ideas, las partes pueden escoger cualquier lugar, ley o procedimiento aplicable, idioma u otro elemento sustancial para el proceso arbitral, de forma tal que éste sea lo más neutral posible en relación a las partes a sujetarse a dicho procedimiento alterno de solución del conflicto.
Independencia e imparcialidad de los árbitros:
Ciertamente, la facultad de las partes para escoger al o a los árbitros constituye una gran ventaja de este mecanismo respecto del litigio, toda vez que inspira confianza en los responsables de conducir el procedimiento y de resolver el conflicto. Los árbitros deben fungir como independientes a las partes, y actuar de manera imparcial. Lo anterior, también conlleva la oportunidad de que personas con experiencia técnica o legal relevante, o bien, que posean ciertas habilidades u otras cualidades específicas relativas para las operaciones concretas, sean nombrados árbitros por las partes para solucionar cualquier controversia derivada de dicha operación o bien, de cualquier conflicto que se pudiere suscitar entre dichas partes.
Confidencialidad:
Los procedimientos en el arbitraje son completamente privados. Solo los árbitros y las partes pueden asistir e intervenir en el desarrollo del proceso arbitral y no así el público en general. Del mismo modo, solo estas personas reciben los documentos, presentaciones, correspondencia y laudos que se produzcan durante el arbitraje. Únicamente, para efectos de la ejecución del laudo, el mismo es sometido ante Juez competente del lugar de ejecución, y únicamente para dicho efecto.
Reducción de tiempo y costos:
Como ha sido mencionado anteriormente, el arbitraje puede ser más rápido y menos costoso que un litigio bajo el esquema de la justicia formal, pues el diseño de procedimientos aplicables al caso en concreto permite aumentar la eficiencia en tiempo y costos; y por ende, reducir la interrupción de los negocios de las partes involucradas en el procedimiento de arbitraje.
Decisiones definitivas y vinculantes:
Un resultado definitivo y ejecutable, generalmente se puede alcanzar solo mediante los tribunales y juzgados. Sin embargo, en el arbitraje los encargados de la resolución del conflicto están facultados para dictar un laudo decisivo y vinculante, con efectos de “cosa juzgada”; sujeto solamente a anulación por irregularidades en el procedimiento, o bien, a su ejecución por autoridad judicial en caso de que la parte no beneficiada por el laudo, no quisiere cumplir voluntariamente con la condena.
¿Por qué optar por el arbitraje?:
El arbitraje es una de las alternativas a un proceso judicial o administrativo, para lograr un veredicto obligatorio y ejecutable para la resolución de la disputa. Adicionalmente, gracias a sus grandes ventajas sobre el litigio, el arbitraje se ha convertido en uno de los mecanismos más preferidos y ampliamente utilizados para la resolución de controversias, tanto a escala nacional, como a nivel internacional. Su agilidad o celeridad, permite que nuestros clientes solucionen sus conflictos y tengan acceso a una justicia pronta y expedita, además que la solución del problema se encuentra regularmente a cargo de un especialista en la materia, y ofrece a las partes la secrecía sobre su conflicto y resolución, brindando seguridad jurídica con su ejecución, y resultando en una posible disminución de costos para los involucrados. Nosotros somos Sobrado, Juárez &Stamatiades®, una Firma Boutique de Abogados especializada en Derecho Fiscal y Derecho Corporativo. Si deseas saber más sobre nosotros, y los servicios que ofrecemos, te invitamos a hacer “click” en nuestro sitio web www.sjs.mx, o bien, contactarnos, al teléfono (222) 240 0626 o a la dirección de correo electrónico: [email protected], o [email protected].
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